CURSO PER

(Patrón de Embarcaciones de Recreo)

INICIO DE CURSO 30 SEPTIEMBRE 2024

EXAMEN 16 NOVIEMBRE 2024 EN CÁDIZ, MÁLAGA Y SEVILLA

CONSULTA GRUPOS Y HORARIOS:

Avd. San Francisco Javier, 9 Edificio Sevilla 2, LC. Bajo Interior 41018 – Sevilla

    PRÁCTICAS: En Puerto Gelves (Gelves, Sevilla) o Puerto Sherry (El Puerto de Santa María, Cádiz).

CURSO PNB

(Patrón de Navegación Básica)

INICIO DE CURSO 30 SEPTIEMBRE 2024

EXAMEN 16 NOVIEMBRE 2024 EN CÁDIZ, MÁLAGA Y SEVILLA

CONSULTA GRUPOS Y HORARIOS:

Avd. San Francisco Javier, 9 Edificio Sevilla 2, LC. Bajo Interior 41018 – Sevilla

PRÁCTICAS: En Puerto Gelves (Gelves, Sevilla) o Puerto Sherry (El Puerto de Santa María, Cádiz). 

CURSO PATRÓN DE YATE

INICIO DE CURSO 24 SEPTIEMBRE 2024

EXAMEN 16 NOVIEMBRE 2024 EN CÁDIZ, MÁLAGA Y SEVILLA

CONSULTA GRUPOS Y HORARIOS:

Avd. San Francisco Javier, 9 Edificio Sevilla 2, LC. Bajo Interior 41018 – Sevilla

PRÁCTICAS: En Puerto Sherry (El Puerto de Santa María, Cádiz). 

CURSO CAPITÁN DE YATE

INICIO DE CURSO 25 SEPTIEMBRE 2024

EXAMEN 16 NOVIEMBRE 2024 EN CÁDIZ, MÁLAGA Y SEVILLA

CONSULTA GRUPOS Y HORARIOS:

Avd. San Francisco Javier, 9 Edificio Sevilla 2, LC. Bajo Interior 41018 – Sevilla

PRÁCTICAS: En Puerto Sherry (El Puerto de Santa María, Cádiz). 

moto agua nautica titulacion matriculacion reglamento legislacion gestoria nautica

¿Qué título es necesario para navegar con una moto de agua?

Desde el 1 de julio de 2019 las motos de agua se pueden gobernar con la Licencia de Navegación, sin límite de potencia, también con las titulaciones de PNB, PER, Patrón y Capitán de yate.

La academia FP NÁUTICA, organiza cursos de Licencia de Navegación (Titulín) todas las semanas, tanto en Sevilla (Puerto Gelves), como en  El Puerto de Santa María en Cádiz.

¿Qué me van a pedir para navegar con mi moto de agua?

Son varios los documentos  que se deben estar al día, y llevar abordo de la moto de agua, de lo contrario, nos arriesgamos a una sanción por incumplimiento administrativo:

  • La moto debe estar matriculada.
  • Debe tener un seguro de responsabilidad civil.
  • El patrón debe tener la titulación náutica exigible, como mínimo la Licencia de Navegación (Titulín).
  • La moto debe llevar consigo la Licencia de navegación.
  • Si el patrón es menor de edad, la autorización paterna para navegar.
  • Chalecos salvavidas para las personas de abordo.

¿Cuáles son los límites de navegación para las náuticas?

Un error común es pensar que la moto de agua está limitada por la titulación del patrón. Por ejemplo, que teniendo el PNB se podría navegar hasta 5 millas de puerto, o que con el PER hasta 12 millas de costa. Esto no es así. Las motos de agua tienen limitada la navegación a su condición de moto de agua, y no en virtud del título del patrón. Corresponde a cada Capitanía Marítima establecer los límites en la costa de su jurisdicción, por lo que para conocer el límite de navegación, es conveniente consultar con la Capitanía Marítima.

También hay que tener en cuenta varias limitaciones importantes:

  • Está prohibido navegar de noche con motos.
  • Está prohibido navegar a menos de 200 metros de una playa.
  • Está prohibido navegar a menos de 50 metros de una costa sin playa.
  • En puerto la velocidad máxima es de 3 nudos.
  • Puede navegar en playa por los canales balizados, a menos de 3 nudos. y en dirección perpendicular a la costa.
  • El patrón y pasajeros siempre deben llevar un chaleco salvavidas homologado puesto.
  • Las motos de agua no pueden remolcar otros objetos de recreo.

El Registro de Motos de Agua.

Las motos están considerados artefactos flotantes con capacidad para navegar.

Las motos de agua o motos náuticas también deben ser matriculadas, no inscritas en el Registro de Buques. El procedimiento es similar, con diferencias en el requerimiento de la documentación, en que se solicita la identificación del propietario y la documentación técnica del vehículo.

A efectos internacionales son buques, sin embargo, en España rige una normativa especial para las motos de agua, que hace que los procedimientos de registro, transferencia, cambio de titular, matrícula e importación sean diferente del resto de barcos. Tanto es así que las motos de agua no tienen nombre, como sí lo tienen el resto de embarcaciones.

La transferencia de las motos de agua se debe realizar en la Capitanía Marítima

La transferencia de las motos de agua se debe realizar en la Capitanía Marítima en la que está el registro de matrícula. . No obstante, en FP NÁUTICA nos encargamos del cambio de titular de motos náuticas, de esta forma no se demora el trámite. Además, estas están sujetas a un régimen tributario singular en algunas Comunidades Autónomas, por lo que son mayoría los clientes que nos asignan sus gestiones administrativas relacionados con estas embarcaciones.

¿Se puede navegar con una moto de agua de bandera extranjera?

A la gestoría náutica FP NÁUTICA, nos llegan patrones que han comprado una moto de agua de segunda mano en otro país, y quieren hacer uso y disfrute de la embarcación en España, entonces iniciamos el procedimiento. En nuestro país, las motos de agua dedicadas a la navegación con fines recreativos deben estar inscritas en el Registro de buques, de la Capitanía que corresponda. Existe la obligación de matricular una moto de agua en bandera española siempre que la embarcación se vaya a utilizar en nuestras aguas, tanto por parte de un propietario español, o de un extranjero con residencia en España.

Es decir, a no ser que el propietario no tenga residencia en España, la moto de agua debe obligatoriamente estar matriculada.

¿Cómo se matricula una moto de agua?

Si la moto es nueva es la empresa vendedora, que hace la venta, quien se encarga de la matriculación. En caso de importación de la embarcación el procedimiento corresponde al nuevo propietario. En ese caso se debe observar si la moto de agua cuenta con el marcado “CE”, muy importante.

El marcado “CE” asegura que la información técnica de la embarcación permanece en los archivos de la Dirección General de la Marina Mercante y que se ha construido conforme a las normas europeas.

En caso de no tener el marcado “CE” se debe acudir a una empresa autorizada que emite un informe individualizado de la embarcación para su posterior matriculación en el pertinente registro, esto tiene un coste adicional.

Cambio de propiedad.

Si la moto cambia de titular, una vez matriculada, el nuevo titular tiene la obligación de notificar el cambio a la Administración Marítima.

Si necesitas asesoramiento sobre matrícular de motos de agua puedes acudir a la gestoría náutica FP NÁUTICA, desde cualquier punto de España.

¿Me pueden multar por no matricular la moto?

Sí. El reglamento de motos de agua establece dos casos de infracciones recogidas en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en que puede incurrir un patrón o propietario de moto de agua.

Se considera una infracción grave (hasta 120 000 euros), el que una moto de agua carezca de la señal identificativa de matrícula. Así mismo, tiene el mismo agravamiento el incumplimiento de informar a la Marina sobre el cambio de titular de una embarcación.

La Navidad está a la vuelta de la esquina, unas fechas que aprovechamos para, además de disfrutar de la familia y amigos, hacerles algunos regalos.

¿Por qué regalar una titulación náutica?

Cada vez son más las personas que tienen la ilusión de aficionarse al mundo de la navegación, y que mejor forma de hacerlo que con la obtención de una titulación náutica de recreo.

Una buena forma de salirse de los presentes habituales, ya no solo por la originalidad, sino por la utilidad y el disfrute que conlleva, es regalar una titulación náutica.

Con el pago de la matrícula es suficiente

Desde FP Náutica facilitamos a todo aquel que quiera tener este detalle con un ser querido ofreciéndole todo el material didáctico y un bonito cheque regalo para la obtención de cualquier titulación náutica abonando solo los 150€ de la matrícula, dejando el resto del pago para el inicio del curso allá por mediados de enero o febrero, según la titulación.

Esto es aplicable a títulos de PER, PNB, Patrón de Yate y Capitán de Yate.

Incluso es posible regalar la obtención de la Licencia de Navegación, antiguo Titulín, por tan solo 100€.

Fecha de inicio de los próximos cursos

Los cursos empiezan entre finales de enero y principios de febrero, por lo que el afortunado que reciba este suculento regalo podrá empezar a disfrutarlo en pocas semanas.

Estas son las fechas en las que iniciaremos los cursos de las diferentes titulaciones:

  • PER: finales de enero
  • PNB: comienzo de febrero
  • Patrón de Yate: comienzo de febrero
  • Capitán de Yate: finales de enero

Toda la información de los diferentes cursos en nuestra web oficial.

Reservas y demás

Para reservas, consultas, dudas y demás es posible contactar con nosotros en nuestra oficina de Avda. San Francisco Javier 9 Edificio Sevilla 2. Locales interiores 12, en , en horario de 9:30 a 14:30h de lunes a viernes y de 17:30 a 19:30h de lunes a jueves, también en el 955115654 o email a info@fpnautica.com.

Otra forma de contacto es a través de nuestras redes sociales: Facebook, Twitter  e Instagram.

Tal y como estaba previsto, el pasado sábado 11 de noviembre se celebró en toda Andalucía los exámenes de la tercera convocatoria de 2018 para conseguir las titulaciones de PER, PNB, Moto A, Patrón de Yate y Capitán de Yate.

Aquí os dejamos los exámenes así como las plantillas con sus soluciones, documentos oficiales de la Junta de Andalucía.

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